La Especialidad de Ortodoncia en España

Las sociedades científicas proponentes —SEDO (Sociedad Española de Ortodoncia), AEDE (Asociación Española de Endodoncia), SECIB (Sociedad Española de Cirugía Bucal), SEPA (Sociedad Española de Periodoncia y Osteointegración), SEPES (Sociedad Española de Prótesis Estomatológica y Estética) y SEOP (Sociedad Española de Odontopediatría)— presentaron el 30 de enero de 2026 ante el Ministerio de Sanidad las memorias justificativas para la creación de seis especialidades odontológicas: Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial, Endodoncia, Cirugía Bucal, Periodoncia, Prótesis Estomatológica y Odontopediatría. La iniciativa se enmarca en el Real Decreto 589/2022, que regula el procedimiento para proponer nuevos títulos de especialista en Ciencias de la Salud, y representa uno de los pasos más relevantes dados hasta ahora para el reconocimiento oficial de las especialidades odontológicas en España.

La propuesta es fruto del trabajo coordinado entre las sociedades científicas, la Conferencia de Decanos de Odontología y el Consejo General de Dentistas, y cuenta con el respaldo de nueve comunidades autónomas. Para la especialidad de ortodoncia, el modelo formativo planteado se inspira en los estándares europeos: tres años de formación, equivalentes a 180 créditos ECTS, en universidades públicas o privadas y/o centros acreditados, con acceso mediante una prueba nacional que ordene a los aspirantes por criterios de mérito y capacidad. Además, se contempla la necesidad de incorporar mecanismos de equidad —becas, ayudas u otras medidas— para que el acceso a la formación especializada no dependa exclusivamente de la capacidad económica del candidato.

A partir de la presentación de las memorias, el Ministerio de Sanidad dispone de un plazo máximo de seis meses para resolver el procedimiento, lo que sitúa el horizonte administrativo inicial en torno al 30 de julio de 2026. Durante ese periodo, la Dirección General de Ordenación Profesional deberá recabar los informes preceptivos y valorar el cumplimiento de los criterios exigidos por la norma. Un punto importante es que el Real Decreto 589/2022 establece expresamente que, si transcurren esos seis meses sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo; en otras palabras, el silencio será desfavorable.

España sigue siendo el único país de la Unión Europea sin especialidades odontológicas oficialmente reconocidas e implantadas, incluida la especialidad de ortodoncia, una anomalía histórica si se compara con el entorno europeo. No obstante, incluso si la resolución del Ministerio fuera favorable, las especialidades no quedarían plenamente operativas de forma inmediata. Una resolución positiva abriría una nueva fase normativa: elaboración del real decreto de creación de cada especialidad, consulta y audiencia públicas, informes preceptivos, aprobación final, desarrollo de los programas formativos, acreditación de centros y organización del sistema de acceso. Por ello, más que hablar de una implantación inmediata, parece razonable situar el horizonte realista para que las especialidades estén aprobadas, desarrolladas y funcionando entre 24 y 36 meses, siempre que el procedimiento avance sin bloqueos relevantes.

En resumen:

  • Aunque ya se ha solicitado la especialidad de Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial, el Ministerio de Sanidad tiene ahora un plazo máximo de seis meses para responder. Si no lo hace dentro de ese plazo, el silencio administrativo será desfavorable, es decir, la solicitud se entenderá rechazada.
  • Si la respuesta es favorable, no significará que la especialidad empiece de forma inmediata. Se abriría una segunda fase: redactar el Real Decreto, aprobar los programas formativos, acreditar centros y organizar el sistema de acceso. Por eso, lo razonable es pensar en un plazo de 24 a 36 meses para que la especialidad de Ortodoncia esté realmente funcionando.
  • El modelo propuesto contempla una formación específica de tres años, equivalente a 180 créditos ECTS, en universidades y/o centros acreditados.
  • El acceso a la especialidad se realizaría mediante una prueba o examen nacional, que ordenaría a los aspirantes por criterios de mérito y capacidad para elegir especialidad y centro.
  • No habrá una homologación automática de los másteres. Haber cursado un máster podrá tener valor formativo y curricular, pero no convertirá directamente a nadie en especialista.
  • La futura especialidad de Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial no impedirá que un odontólogo generalista siga realizando tratamientos de ortodoncia dentro de su ejercicio profesional.
  • Lo que cambiará será el reconocimiento oficial: solo quien obtenga el título correspondiente podrá anunciarse como especialista en Ortodoncia.
  • Por lo tanto, la especialidad de ortodoncia no busca quitar competencias, sino ordenar la formación avanzada, mejorar la transparencia y acercar la Odontología española al modelo europeo.

En el siguiente enlace encontrarás información sobre el Máster en Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial MiD-UMA, un programa de 180 ECTS orientado a la formación clínica avanzada en ortodoncia.